Llevar un burka, un niqab o un casco de moto puestos en un edificio público de Reus podrá ser sancionado con hasta 750 euros una vez que sea vigente el decreto que lo regula, y que se aprobó en el último pleno municipal.
El Ayuntamiento de Reus aprobó el pasado 22 de diciembre vetar el uso del burka y el niqab en las instalaciones municipales a partir de un decreto de alcaldía que modifica dos artículos de la ordenanza municipal sobre uso de las vías y los espacios públicos para garantizar la identificación de las personas.
El pleno rechazó en junio regular el uso de atuendos que dificulten la identificación en todos los espacios públicos a petición de PSC y ERC -que gobiernan con ICV-, y el uso de velos integrales en espacios públicos, como solicitaban CiU y PP.
El decreto ahora aprobado añade a la ordenanza municipal la prohibición de acceder y permanecer en instalaciones municipales a las personas con velos integrales, pasamontañas, casco integral y otros accesorios que impidan su identificación.
Una vez aprobado por el plenario, se ha iniciado ahora la tramitación y la presentación de alegaciones, por lo que estas fuentes calculan que la norma podría estar vigente dentro de dos meses.
Una vez que sea vigente, y si se mantiene con su actual redactado, llevar burka, niqab, casco o un pasamontañas en un edificio público se consideraría "una infracción leve" de las normas municipales, sancionada con "una multa máxima de 750 euros", y sin una cantidad mínima fijada.
Eso no quiere decir, han recalcado estas fuentes, que todas las multas, si se imponen, por este concepto, lleguen hasta la cantidad máxima prevista, pues "la práctica dirá qué sanción se impone" en cada caso.
Asimismo, estas fuentes han considerado que "será difícil" que, de entrada, se aplique la sanción en su grado máximo.
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