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El Real Decreto 1586/2009, de 16 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, publicado en el Boletín oficial del estado el martes día 3 de noviembre de 2009, establece las características concretas con las que deben realizarse las fotografías para el DNI, como que el fondo sea completamente blanco en lugar de gris o de otro color, y con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
Una instrucción de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil permitirá que las mujeres musulmanas puedan hacerse el Documento Nacional de Identidad (DNI) con el "hiyab" o un pañuelo en la cabeza, siempre que se les vea el rostro con claridad. El Señor Tatary, presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de España (UCIDE), ha recibido un comunicado de parte del secretario de estado de la seguridad el día 10 de diciembre de 2009, donde se le comunicó que sigue en vigor la instrucción del 11 de Abril de 2006, de la antigua Comisaría General de Extranjería y Documentación, según la cual podrán admitirse aquellas fotos en las que el solicitante lleve la cabeza cubierta con pañuelo, toca o prenda que imponga un culto religioso determinado, siempre y cuando el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona.
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